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NOVEDADES
ARBITRAJE
Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico
Kendall Hope Tucker v. Money Group (Opinión de 27 de enero de 2026, 2026 TSPR 0)
A principios de este año el Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) resolvió que una cláusula de arbitraje en un contrato individual de empleo es vinculante. Hope Tucker suscribió un contrato de empleo con Money Group que incluía una cláusula general de arbitraje. Cuando la relación laboral terminó ella acudió al foro judicial y demando a esta empresa alegando despido injustificado, discriminatorio y en represalias. De inmediato Money Group solicitó desestimar la demanda argumentando que correspondía al foro arbitral dirimir la controversia. El TSPR revocó a los foros inferiores que mantuvieron la controversia en primera instancia resolviendo que los contratos de empleo que incluyen acuerdos de arbitraje pactados válidamente son obligatorios para las partes, inclusive en reclamaciones donde se alega discrimen.
El TSPR definió la controversia ante sí de la siguiente manera: “hoy nos corresponde evaluar el alcance de una cláusula de arbitraje frente a una reclamación por discrimen, pero en esta ocasión, en el contexto de un contrato suscrito entre partes individuales.” Se referían a una cláusula de arbitraje incluida en un contrato individual de empleo a diferencia de una cláusula de arbitraje contenida en un contrato laboral colectivo. Respondiendo en la afirmativa a su pregunta su análisis partió del caso Gilmer v. Interstate/Johnson Lane Corp. [500 U.S. 20 (1991)] en el que el Tribunal Supremo de Estados Unidos (TSEU) atendió el efecto de una obligación de acudir al procedimiento de arbitraje dentro de una reclamación de discrimen por edad. El TSPR concluyó que los “acuerdos de arbitraje pactados válidamente serán obligatorios inclusive frente a reclamaciones instadas por discrimen al amparo de la Ley Núm. 100” (Supra, Hoper Tucker...). Coincidimos con la decisión del TSPR en Hoper Tucker no obstante a continuación comentaremos aspectos del análisis hecho por el TSPR que consideramos ameritan aclaración.
Con el propósito de distinguir el acuerdo de arbitraje que nace de una negociación colectiva, del que nace de una relación laboral individual, el TSPR discutió que ya, anteriormente, habían resuelto sobre el alcance de un acuerdo de arbitraje dentro de un convenio colectivo, y que este no elimina la opción de la parte agraviada de recurrir al foro judicial. (Ver Quiñones v. Asociación, 161 DPR 668, 2004) Sin embargo, no explicó si esta decisión se mantenía vigente al momento de emitir la Opinión puesto que la controversia en Hope Tucker se fundamentó en una cláusula de arbitraje dentro de un contrato individual de empleo. Lo que explicó el TSPR sobre Quiñones vs. Asociación fue que el caso “se limitaba a crear una norma que cobija únicamente a empleados unionados”, añadiendo que luego de Gilmer y Quiñones “las cláusulas de arbitraje en los convenios colectivos son opcionales, pero aquellas en contratos de empleo privado son obligatorias…plenamente exigibles”. (Supra, nota 1)
En Gilmer, caso en el cual se basa el TSPR para resolver Hoper Tucker, el TSEU analizó la ley federal que prohíbe el discrimen por edad, el Age Employment Discrimination Act (ADEA), para determinar si en ella existía un impedimento para acudir al arbitraje con reclamaciones de discrimen, explicando que sólo el Congreso de los Estado Unidos puede decidir qué asuntos o controversias no son arbitrables. Luego de concluir que ADEA no prohibía acuerdos de arbitraje, el TSEU determinó que el demandante estaba obligado a que su reclamo se atendiera en el foro arbitral. Lo que el TSPR omitió explicar fue que, distinto a los hechos de Hope Tucker, la obligación de arbitraje en la relación de empleo en Gilmer surgía de un requisito reglamentario de la ley federal sobre valores, que se incluyó en la solicitud para ser representante de valores, que firmó Gilmer.
Si bien es cierto que en Gilmer se reiteró el alcance de la Federal Arbitration Act (FAA) a todo contrato en el comercio interestatal, incluyendo la solución de controversias estatutarias, cuando existe un acuerdo de arbitraje válido que afecte el comercio interestatal, no resolvió expresamente si una cláusula de arbitraje en un contrato individual de empleo era vinculante para las partes. Dicha controversia se mantuvo vigente porque en Gilmer lo que se precisa es la obligación de acudir al foro arbitral que emana de una obligación expresa en ley. Esta controversia fue atendida por el TSEU muchos años después en casos que no se mencionaron en la Opinion.
Uno de estos es Circuit City v. Adams [532 U.S. 105 (2001)]. Este caso tenía que ver con un contrato individual de empleo en el que la cláusula de arbitraje se incluyó en la solicitud de empleo sin existir una obligación legal para ello, a diferencia de Gilmer. En esta Opinión, luego del paso de años de interpretar que la Sección 1 de la FAA excluía de su aplicación ciertos contratos de empleo, el TSEU resolvió que la exclusión solamente era de aplicación a contratos de empleo en la industria de transportación y los de marineros, sosteniendo la obligatoriedad de una cláusula de arbitraje en una relación de empleo individual. En Adams, el TSEU dejó claramente establecido que todo contrato de empleo, exceptuando a los de transportación y marineros, estaban sujetos a la FAA.
En adición resulta pertinente mencionar el caso Rent A Center v. Jackson [561 U.S. 63 (2010)] por su relevancia a la controversia que atendió el TSPR en Hope Tucker. En Rent A Center el TSEU discutió la obligatoriedad del foro arbitral en otra relación individual de empleo. Al empleado se le impuso como condición de empleo resolver las controversias dimanantes de la relación laboral a traves del arbitraje. Nuevamente, el TSEU validó el arbitraje como condición de empleo por lo que no procedió la acción del empleado de mandante en el foro arbitral.
Otro aspecto a destacar de Hope Tucker es que el TSPR citó el caso Aponte Valentín v. Pfizer Pharmaceutical, 208 DPR 263 (2021) para reiterar que la FAA aplica a Puerto Rico si el acuerdo de arbitraje es válido y afecta el comercio interestatal pero no comentó que el caso versaba sobre contratos individuales de empleo sujetos a un acuerdo de arbitraje. El TSPR resolvió que, aunque los empleados no firmaron el acuerdo de arbitraje si consintieron a ello dado que la FAA solamente requiere que dicho acuerdo conste por escrito, no requiere su firma para que las partes queden obligadas. Por tanto, antes de la decisión en Hope Tucker ya el TSPR había resuelto que las cláusulas de arbitraje en contratos individuales de empleo son vinculantes. Además, en Aponte Valantín el TSPR citó y adoptó lo resuelto por el TSEU en Adams. Ahora bien, si algo quedó claro de la decisión en Hope Tucker es la aplicabilidad de la FAA a contratos de empleo individuales en Puerto Rico que tengan cláusulas de arbitraje válidas y que afecten el comercio interestatal. El foro para dirimir tales controversias es el arbitral. Dejamos pendiente para otra ocasión la discusión sobre si las cláusulas de arbitraje producto de negociaciones colectivas están sujetas a la FAA o si se mantiene lo resuelto en Quiñones v. Asociación, y otros casos [Ver Medina v. Cruz Azul, 155 DPR 735 (2001); Vélez v. Servicios Legales, 144 DPR 673 (1998)], adoptado por el TSPR en Hoper Tucker, a los efectos de permitir al empleado agraviado la selección de foro, es decir, si es opcional.